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Alquilar tu piso a un familiar: fiscalidad y reglas en 2026

Llaves con llavero de madera en forma de casa sobre la mesa de un salón cálido
Respuesta rápida

Alquilar tu piso a un familiar es legal, pero si es tu cónyuge o pariente hasta el tercer grado, el IRPF fija un suelo: declararás como mínimo el 2% o el 1,1% del valor catastral, aunque cobres menos o nada. Contrato escrito, renta razonable, cobro por transferencia y declaración anual lo resuelven.

Fuentes consultadas

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